MAR DEL PLATA

150 AÑOS

GENERALIDADES

EL PRESENTE PROCEDIMIENTO NO INVOLUCRA EDIFICACIONES EXISTENTES DECLARADAS DE INTERÉS PATRIMONIAL; para lo cual se proseguirá con las presentaciones de rutina a tal fin (formación de expte. físico).

PARA EL RESTO DE LOS CASOS EN QUE USTED NECESITE SOLICITAR PERMISO DIGITAL PARA INICIAR TAREAS DE DEMOLICIÓN DE OBRAS, deberá seguir las instancias técnico administrativas que a continuación se explicitan a los efectos de obtener su viabilización en forma inmediata. 

Para ello se deberá remitir la documentación que más abajo se detalla en modo digital (vía E-mail), a la siguiente dirección de correo electrónico [email protected]

Tal documentación consiste en una Declaración Jurada más la documentación exigible de carácter digital. Esta última será verificada al momento de efectivizarse el legajo físico en la Dirección General de Obras Privadas (DGOP).

Los trabajos inherentes a la Demolición proyectada sólo podrán iniciarse a partir de obtener la autorización de los mismos Vía (Email), mediante la obtención del “Visado Condicional Digital” extendido por la DGOP. El mismo se emitirá a partir de contarse con la totalidad de la documentación exigible en estos casos y siempre que a juicio de la autoridad municipal competente dicha demolición resulte viable en términos administrativos, físicos, urbanísticos y patrimoniales; debiendo ser emitido en los casos de rutina en un plazo máximo de siete (7) días hábiles a partir de su recepción. 

En resumen y en el supuesto de que la información suministrada mediante la documentación adjuntada por los responsables este completa y resulte “Viable”, conforme surja del análisis/control técnico a realizar por parte de los profesionales fiscalizadores de la dependencia, se completará dicho proceso técnico-administrativo a fin de obtener así el Visado Condicional Digital motivo de la presente. 

A partir de ello, tanto el/los profesionales como el propietario (según corresponda) de la edificación serán co-responsables, en su medida, de la materialización de los trabajos a iniciar en consonancia con el proyecto declarado en la documental digital remitida. 

Además obtenido dicho Visado la Demolición quedará sujeta a los controles de rutina por parte del Departamento de Fiscalización de Obras Privadas dependiente de la DGOP, comenzando a correr así el tiempo para la presentación efectiva del legajo físico “Completo” de la misma es decir, cumplir con la presentación de la documentación gráfica y escrita requerida para la formación del expediente físico respectivo.

La documentación contenida en dicho legajo físico deberá resultar coincidente con la que oportunamente se obtuviera, en formato digital “Permiso de Inicio de Demolición por Visación Condicional”. 

El legajo físico completo podrá presentarse hasta veinte (20) días hábiles posteriores a la obtención de la autorización digital descripta. El incumplimiento de tal presentación dará sin más, lugar a la paralización o clausura inmediata de los trabajos en el predio y a la activación, a juicio de la autoridad competente, de las acciones contravencionales de rutina.

REQUERIR LA AUTORIZACIÓN DEL “VISADO CONDICIONAL” PARA DEMOLICIÓN :

Descargar y completar la Declaración Jurada .

En todos los casos, de corresponder, agregar una acotada memoria descriptiva indicando datos acerca de la documentación antecedente (Ej: Copia del Plano de Construcción) indicando a su vez N° de Expediente por el cual se aprobó y/o se regularizó oportunamente la edificación originaria a Demoler. (en formato PDF)

Solicitud de trámite de construcción (en formato pdf).  SOLICITUD DE CONSTRUCCIÓN.

c1- Deberá abonar y adjuntar copia del sellado fiscal correspondiente cuyo formulario se encuentra en:aquí

c2- Deberá adjuntar copia simple de la escritura de dominio. En su defecto, en caso de persona jurídica el Contrato de Constitución de la Sociedad o del fideicomiso, certificado ante escribano público. (en formato pdf)

Planillas de Liquidación de la Tasa por Servicios Técnicos de la Construcción (TSTC).  Descargar documento TSTC planilla.

Una vez verificado el dominio por parte de la Administración (Depto. Administrativo de Obras Privadas), ésta procederá a liquidar la Tasa en Cuestión, que el interesado podrá bajar para abonar desde el siguiente link: T.S.T.C.IMPRESION DE BOLETA . 

Abonada la Tasa de Servicios Técnicos de la Construcción por parte del interesado, éste deberá adjuntar por correo electrónico el pago correspondiente en formato PDF o JPG y remitirlo a la misma casilla de Email [email protected] para la prosecución del trámite.

1.       f) Acta de desligamiento del profesional saliente, Acta de estado de Obra y Libre Deuda Profesional; sólo si correspondiere. (en formato PDF)

·         Fotografía de los frentes de la propiedad. (en formato JPG)

·         Planos del Proyecto de Construcción, Ampliación y/o de Modificaciones Internas (en formato pdf) . En concordancia, deberán adjuntar (en formato PDF) los Contratos Profesionales y la Planilla Anexa, Visados por el Colegio Profesional respectivo.

·         Certificado de Desrodentización. (en formato PDF)

1.       j) La propiedad a Demoler que se encuentre afectada al régimen de Ley de Propiedad Horizontal, deberá contar en su presentación con la autorización del consorcio de copropietarios, el Plano de Propiedad Horizontal y el correspondiente Reglamento de Copropiedad. (en formato PDF)

Cumplido ello, adjuntar por correo electrónico la totalidad de la documentación antes descripta, indique sin excepción en Asunto el número de cuenta municipal del lote en cuestión y remita a: [email protected]

Si la documentación se encuentra completa y del control técnico de los planos en PDF presentados surge que el caso resulta Viable, se extenderá el Permiso de Inicio para Demolición mediante una “Visación Condicional”.

En lo procedimental el correo remitido por los responsables será respondido en un plazo máximo de siete (7) días hábiles y, en caso de que tal respuesta ameritare autorización de la Demolición, se extenderá el permiso condicional de inicio que tendrá una validez de veinte (20) días hábiles a partir de la fecha de su emisión.

Dicho permiso condicional (autorización) deberá ser exhibido en la obra ante el control municipal en forma inmediata, así como también la obra deberá contar con la restante cartelería de obra según dispone el Reglamento General de Construcciones y el Protocolo COVID19. 

Cumplido ello, previo a expirar el lapso de los veinte (20) días hábiles antes mencionados, el profesional deberá solicitar vía digital (página oficial del Municipio) un turno de atención en la DGOP, debiendo concurrir a la dependencia cuando se le indique con la totalidad de la documentación en formato físico, a los efectos de dar así inicio al expediente de construcción para la respectiva aprobación de planos.