MAR DEL PLATA

150 AÑOS

Hidrocarburos/ Tramitación Cierre de SASH
 
INSTRUCTIVO PARA LA TRAMITACIÓN DEL CIERRE DEFINITIVO DE LAS INSTALACIONES DE ALMACENAMIENTO DE HIDROCARBUROS
 
INSTRUCTIVO PARA LA TRAMITACIÓN DEL CIERRE DEFINITIVO DE LAS INSTALACIONES DE ALMACENAMIENTO DE HIDROCARBUROS
 

Art. 35. — Cuando por cualquier motivo se proceda al cierre definitivo de una instalación que haya sido destinada al almacenaje de combustibles, solventes u otros hidrocarburos similares, y se intentare dar otro destino al predio, la autoridad jurisdiccional correspondiente deberá exigir al propietario del mismo la erradicación de las instalaciones existentes destinadas al almacenamiento de los mismos (tanques, cañerías y accesorios), certificada por empresa auditora habilitada por la SECRETARIA DE ENERGÍA. Será competencia de la autoridad jurisdiccional correspondiente requerir la contratación y ejecución de un estudio hidrogeológico a realizar por empresa especializada, a fin de certificar la inexistencia de contaminación con hidrocarburos en el predio. En caso de verificarse la existencia de contaminación deberán encararse las acciones que el estudio determine.

• Para ejecución de estudio de diagnóstico ambiental en el marco de la Res. 1.102/04, se sugiere consultar la “Guía de requerimientos mínimos” publicada por el Área Hidrocarburos de la Dirección Provincial de Energía (www.dpe.mosp.gov.ar/hidrocarburos/preguntasfrecuentes).

• Para la ejecución de tareas que requiera el Estudio de Diagnóstico Ambiental y/o Proyecto de Remediación, se sugiere consultar el Registro Provincial de Tecnología de Residuos Especiales – Tratadores “in situ” y/o remediadores, específicamente aquellas empresas vinculadas al estudio y remediación de los hidrocarburos.
(www.opds.gba.gov.ar/index.php/paginas/ver/tratadoresis)

Para la erradicación del SASH (Sistema de Almacenamiento Subterráneo de Hidrocarburos) se deberá proceder de acuerdo al siguiente instructivo:

1- Realización de un ESTUDIO HIDROGEOLÓGICO -. DIAGNÓSTICO AMBIENTAL Y PROYECTO DE REMEDIACIÓN (en caso de ser necesario). A tal efecto deberá solicitar en OSSE Mar del Plata la correspondiente autorización para la realización de las perforaciones necesarias para la ejecución del estudio. El resultado del mismo se deberá analizar teniendo en cuenta los parámetros determinados en la normas ASTM E1739-95 y ASTM E2081-00.

2- Solicitar en la DIRECCIÓN DE GESTIÓN AMBIENTAL la aprobación de las tareas a implementar para la erradicación del SASH. A tal efecto deberá presentar:

a- Inicio del trámite indicado en punto 1 ante OSSE Mar del Plata.
b- Últimas tres pruebas de Hermeticidad del SASH realizadas previas al cierre.
c- Constancia de Plano en trámite emitido por la Dirección de Obras Privadas..
d- Constancia de inicio del trámite ante Obras Públicas, para la ejecución de tareas en vía pública.
e- Plan de Trabajo para la erradicación del SASH, deberá estar  firmado por profesional con incumbencia y debidamente visado por el Colegio respectivo. Asimismo deberá también estar firmado por todas las partes intervinientes
f-Plan de Seguridad, debidamente firmado por profesional con incumbencia y visado por Colegio respectivo y aprobado por su ART según la normativa vigente.

g- Presentar relación contractual entre todas las partes

h-Presentar la aprobación de la tecnología a emplear y el permiso de uso para realizar los trabajos por el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS).

i- En caso de ser necesario deberá  presentar el permiso de uso y ocupación de bienes de dominio público.

Acceda al aplicativo para descargar nota de inicio de trámite extración de SASH en Gestión Ambiental

Acceda a Preguntas Frecuentes de la Dirección Provincial de Energía