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Martes 27 de Enero de 2015 - 18:00 hs

Reguladas por Ordenanza

El Municipio recuerda las zonas permitidas para volar con parapentes

La legislación regula la actividad en el Partido de General Pueyrredon y habilita por seguridad dos lugares para la práctica de este deporte. Esos son Sierra de los Difuntos sobre la Autovía 226 y en Los Acantilados sobre la Ruta 11. Se trabaja en forma conjunta a la autoridad aeronáutica local para garantizar medidas de seguridad acorde con el tipo de actividad.

La Secretaría de Seguridad, Justicia Municipal y Control de la Municipalidad de General Pueyrredon, a cargo de Adrián Alveolite, recuerda que dentro del Partido de General Pueyrredon solo existen dos lugares permitido por Ordenanza Municipal la actividad de parapentismo.

Al respecto, el director de Inspección General del Municipio, Eduardo Bruzetta, indicó que "se realizan controles permanentes en la costa urbana ya esta actividad es  antirreglamentaria por infringir la Ordenanza 16.215. Cabe mencionar que esta práctica en lugares no permitidos pone en peligro la integridad física y la vida de aquellos que realizan esta actividad, como así también de vecinos y turistas que transitan esta zona", señaló.

Bruzetta recordó que “la actividad del parapente es una actividad aerodeportiva y a la que, por medio del mencionado marco regulatorio, se prohibió su practica en el casco urbano de nuestra ciudad. La reglamentación de la actividad generó  una resolución que se emitió por las Publicaciones Aeronáuticas Internacionales (AIP), y donde se crearon dos sectores (Box) que son rectángulos y que tienen 4 coordenadas que están sujetas a que el parapentista pueda hacer la actividad dentro de  ese sector. Estos lugares son el de Sierra de los Difuntos y el de Acantilados y van desde la altura del suelo hasta los 2000 pies", manifestó.

 "En caso de constatar la práctica fuera de los lugares dichos, el personal del Departamento Operativo, está en condiciones de proceder al secuestro de los elementos y el labrado de las actas de infracción correspondientes y derivadas al Juzgado Municipal de Faltas", concluyó.

Una práctica peligrosa si se realiza en lugares no aptos

Por su parte, Carlos Ferro, jefe del Aeropuerto Internacional "Astor Piazzolla"  explicó que “quien hacen este tipo de prácticas deben comunicarlo previamente a la Oficina de Información Aeronáutica  (ARO – AIS) . De esta manera, la autoridad aeronáutica toma conocimiento de que se inició la actividad, y en caso de que el parapentista no avise que cesó la misma, este organismo toma como finalización de la misma, el crepúsculo a las 18 en invierno o a las 20 en verano", agregó.

”Es importante destacar que para activar el box, los interesados deben comunicarse a la Oficina de información aeronáutica al 478-6444, durante las 24 horas”, concluyó el Jefe del Aeropuerto.

 Qué dice la Legislación

 La Ordenanza 16.215 fue reglamentada en conjunto a la Administración Nacional de  Aeronavegación Civil (ANAC) y estableció que los lugares autorizados para volar en parapente son las zonas de Sierra de los Difuntos (Ruta 226, km 25) y Los Acantilados (Ruta 11, camino a Miramar). Previo a la sanción de la norma se habían registrado accidentes que provocaron daños irreversibles. 

 

MD

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