Veteranos de guerra o conscriptos ex combatientes de Malvinas
y Tripulantes del Submarino ARA San Juan
Requisitos
- Veteranos de guerra: deberán acreditar tal condición mediante Certificado Único de Veteranos de Guerra de Malvinas (Resolución Nº 1440/2019 del Ministerio de Defensa de la Nación).
- Conscriptos ex combatientes de Malvinas: deberán acreditar tal condición mediante cédula otorgada por el Ministerio de Defensa, según lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nacional Nº 23.109 y la reglamentación que establezca el Departamento Ejecutivo.
- Tripulantes del Submarino ARA San Juan: Deberán acreditar el vinculo familiar correspondiente con el tripulante fallecido.
El inmueble deberá tener el carácter de vivienda única y de permanente uso para el beneficiario y/o su grupo familiar.
Tasas con beneficios:
TASA |
DOCUMENTACIÓN |
Tasa por Servicios Urbanos |
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