MAR DEL PLATA

150 AÑOS

PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN DE ENTIDADES DEPORTIVAS

Desde el 2019, se encuentra en vigencia la Ordenanza Nº 24365, mediante la cual se crea el “Programa de Regularización de Entidades Deportivas”, el cual tiene por finalidad brindar a las Entidades Deportivas del Partido de General Pueyrredon herramientas y asesoramiento a fin de regularizar las habilitaciones de sus sedes  sociales y/o predios sociales y deportivos.

Las entidades deportivas deberán incorporarse al presente programa y cumplimentar los siguientes requisitos:

  • Estar inscriptas en el Registro Municipal de Entidades Deportivas (Ordenanza nº 24359/2019).
  • Tener como objeto y actividad principal la deportiva y social.
  • Solicitar por nota dirigida al Presidente del EMDeR la incorporación al presente Programa y el inicio del Trámite de Habilitación. La nota se puede presentar mediante los siguientes medios:

                                    Correo electrónico [email protected],

                                    Wathsapp 2235-859924.

                                    Nota presentada en la oficina de Deporte Federado.

Asimismo, acompañado de la nota deberán presentar los siguientes requisitos:

  • Croquis actual del inmueble que deberá consignar el espacio de uso para cada actividad deportiva que se realice en carácter de Declaración Jurada.
  • Copia de póliza de seguro de responsabilidad civil y cobertura de servicio de Emergencias Médicas (Ord. 16463 - modalidad Área Protegida). La misma deberá tener vigencia durante la totalidad del período de habilitación.
  • Deberán ser exclusivamente personas jurídicas sin fines de lucro.
  • Ser propietarios del inmueble o tener un contrato de alquiler, comodato o permiso de uso fiscal.
  • Los sectores que estén concesionados, alquilados o subalquilados y cedidos a terceros dentro las sedes sociales y deportivas y/o campos sociales y deportivos deberán realizar habilitación por alcance de la habilitación madre de la institución, con la modalidad de Centros de Compras y servicios para los mismos.

Una vez conformado el expediente del trámite de habilitación de la institución, el mismo será girado a la Subsecretaría de Inspección General, a fin de verificar las condiciones estructurales, higiénico sanitarias y de seguridad. Cumplidas las mismas se girarán los actuados al EMDeR para que el presidente del Ente otorgue la “habilitación con carácter precario” a la institución, a través de una Resolución.

Para acceder a la normativa hacé click acá.