El grooming es un delito penal de instancia pública que se consuma cuando un adulto contacta a un menor de edad usando medios digitales con la finalidad de obtener algún rédito sexual. El acosador puede solicitarle o exigirle fotografías, videos grabados o en vivo y de este modo dañar la integridad sexual del niño, niña o adolescente (NNyA).

 

En Argentina el Grooming está descripto en la ley nacional 26.904 sancionada el 13 de noviembre de 2013 en la que se agrega al código penal el artículo 131

 “... Ley 26.904: El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Incorpórase como artículo 131 del Código Penal el siguiente:

‘Artículo 131: Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma.’

ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo....”

 

¿Qué hacer ante estas situaciones?

Ante todo asesorarse. Al ser un delito no solo puede, sino que debe ser denunciado, dado que el Grooming es un delito de instancia pública y cualquier persona que tome conocimiento de los hechos puede realizar la denuncia. Esto no se hace en la red socialSe hace ante la justicia.

Hay varias opciones y todas son válidas.

En el caso de residir en el Partido de General Pueyrredon existen diferentes opciones para asesorarse y denunciar.

Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Buenos Aires

  • Por correo electrónico a [email protected] y allí le indicaran dónde, cuándo dirigirse y con qué material para radicar formalmente la denuncia.

Ministerio de Seguridad de la Nación.  

  • Por correo electrónico a [email protected] o al teléfono 134 que funciona las 24 horas.
  • Telefónicamente podrán tomarle la denuncia formal, asesorarlo y asistirlo en cómo preservar la prueba digital y que es lo que no debe hacer.  

Ministerio de Justicia

  • Telefónicamente podrán asesorarlo y asistirlo en el numero 137 aunque no se toman denuncias de ninguna índole. 

Conjuntamente con el Infolab hemos realizado una Guia de Actuación ante Situaciones de Ciberviolencias donde podra conocer detalladamente como realizar una denuncia, que información es necesaria, como actuar, etc. Para acceder a ella puede hacer click en ESTE ENLACE 

¿Qué no hacer ante estas situaciones?

La mejor recomendación que se puede brindar antes de acudir a la justicia es: no borrar el texto de las conversaciones, no bloquear el perfil del groomer, no seguir la conversación simulando ser el menor de edad ya que todas estas acciones lo único que harán es complejizar la investigación judicial. Hay que tener presente que si bloqueamos y denunciamos en la red social, seguramente el acosador pierda el perfil pero como tienen varios, seguirá actuando del mismo modo poniendo en riesgo a otros NNyA.

En este caso la persona afectada es menor de edad es por ello que la denuncia debe radicarla una persona adulta.

 

Creemos que la mejor herramienta con que se cuenta es lograr y mantener un diálogo cercano y abierto con nuestros NNyA y aún más en estos momentos. Especialmente hablar sobre el uso seguro de las redes sociales y sobretodo estar, junto a ellos, al corriente de las nuevas herramientas con las que se cuenta para configurar adecuadamente la privacidad de las redes sociales y enseñarles que sus perfiles deben ser privados para que sólo puedan contactarlos sus amigos y amigas con el fin de no quedar expuestos.

 

Para mayor informacion hace click acá.