MAR DEL PLATA

150 AÑOS

Empleo - Trabajadores: Programa CRÉDITO JOVEN

Programas Dirección de Empleo, Economía Social y Formación para el Trabajo

PROGRAMA CRÉDITO JOVEN                   

OBJETO

Promover el desarrollo productivo sustentable de los emprendimientos del Partido, impulsado por jóvenes de hasta 35 años de edad que desean iniciar una actividad comercial y que generalmente no tienen acceso a ayudas financieras.

El mismo está destinado a la presentación de proyectos productivos que demuestran la necesidad de inversión en bienes de capital, insumos, capacitación o formación laboral a jóvenes emprendedores.

En el marco del presente Programa, la Secretaría de Desarrollo Productivo e Innovación será la responsable:

  • del otorgamiento de distintos tipos de créditos según las necesidades que se detecten en la población objetivo;
  • generar, organizar y fomentar la realización de capacitaciones, talleres, charlas, actividades, etc. orientadas al público objetivo, que aborden los temas de interés, tendiendo a desarrollar los emprendimientos con Triple impacto: actividades productivas que contribuyan al desarrollo humano, la sostenibilidad ambiental y el desarrollo económico;
  • deberá encargarse de brindar asesoramiento contable, legal, administrativo y técnico a los emprendedores, siendo a su vez responsable de gestionar todos los programas de asistencia a emprendedores en lo que respecta al ámbito de aplicación de la Secretaría de Desarrollo Productivo e Innovación;

 

DESTINATARIOS.

Son destinatarios directos de este programa jóvenes o grupos de jóvenes que cumplan con los siguientes requisitos:

a)        Tener entre 18 y 35 años.

b)        Tener residencia en el Partido de Gral. Pueyrredon no menor a cinco (5) años.

c)         Poseer Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) 

d)        Estar incluido dentro del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).

e)        Figurar en situación UNO (1) en la Central de Deudores del Sistema financiero generado por el Banco Central de la República Argentina en su página web, según el último informe emitido por el mismo.

f)         Constancia de Clave Bancaria Uniforme (C.B.U) a nombre del titular.

g)        Estar de acuerdo con el presente reglamento y comprometerse a cumplir con todo su articulado.

 

OPERATORIA: La Secretaría de Desarrollo Productivo e Innovación podrá realizar convocatorias para la adhesión al presente programa en forma trimestral, fijando a tal efecto la fecha de apertura de la misma mediante resolución.

Los jóvenes que deseen participar individual o grupalmente deberán postular sus ideas-proyecto en oportunidad de la convocatoria realizada al efecto

Los jóvenes aspirantes deberán presentar formalmente sus proyectos completando el formulario que se pondrá a disposición en el sitio web de la municipalidad de Gral. Pueyrredón. Será responsabilidad de cada participante completar correctamente los formularios y lo que se consigna en ellos tiene carácter de declaración jurada.

 La secretaria será la responsable de evaluar la viabilidad técnica del proyecto, en función de los siguientes aspectos:

a) Emprendimientos con Triple impacto: actividades productivas que contribuyan al desarrollo humano, la sostenibilidad ambiental y el desarrollo económico.

1. Impacto Social: producir innovaciones de impacto comunitario o social que generen inclusión social y laboral, innovaciones tecnológicas o de procesos destinados a personas con vulnerabilidad social mejorando las condiciones de acceso al trabajo, generar impactos sociales en aspectos que mejoren su situación garantizando derechos como la alimentación, acceso a servicios básicos, infraestructura.

2. Impacto Ambiental: morigerar el agotamiento de los recursos no renovables, reducir el consumo energético o hacerlo en base a fuentes renovables, reducir y/o tener un manejo responsable de los residuos, preservar la diversidad de los ecosistemas y las especies.

3. Impacto Económico: mejorar el ingreso de las familias, agregar valor e innovar en los procesos productivos, favorecer el desarrollo local y regional.  Se ponderará la rentabilidad y la sustentabilidad de los proyectos.

b) Productivo: se considerará la pertinencia del emprendimiento según los perfiles productivos de la región y la contribución al desarrollo económico local;

c) Técnico: se evaluará la relación de la propuesta productiva y de comercialización y las competencias laborales de los emprendedores;

d) Normativo: se valorará la capacidad de los emprendedores de cumplir con las normativas regulatorias de la actividad económica en la que se encuadra del emprendimiento productivo.

e) Innovativo: que el emprendimiento contenga algún elemento innovador, ya sea por el uso de tecnologías o por la aplicación de conocimientos teóricos y/o prácticos; y que dichos elementos sean aplicables a soluciones, servicios o productos que sean originales, ideas que rompan con los modelos establecidos.

FINANCIAMIENTO: Las ideas/emprendimientos que sean seleccionados serán beneficiados con un aporte para implementar su proyecto. Dicho aporte será otorgado mediante Resolución por la Secretaria de Desarrollo Productivo e Innovación y hasta el monto de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000). 

 Rendición de cuentas -Dentro de los NOVENTA (90) días corridos posteriores a la fecha de pago los emprendedores destinatarios de tales fondos deberán presentar ante la Secretaría, los comprobantes que acrediten la utilización y destino de los recursos recibidos; En el caso de emprendimientos asociativos, la presentación deberá ser realizada en forma conjunta por todos los emprendedores.

 Para la rendición se deberá observar los requisitos, documentación y forma, en lo que sea aplicable del Decreto 1541/09, siendo aplicable en lo no previsto las prescripciones del Decreto 652/82  

 Los beneficiarios contaran con un período de gracia de seis meses (6) para proceder a la devolución, computados a partir de la fecha de recepción del desembolso. La misma se efectuará en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas, y devengarán el interés mensual equivalente a la tasa pasiva tradicional promedio que informe el Banco de la Provincia de Buenos Aires para el mes anterior al otorgamiento del crédito, a la cual se bonificará en dos puntos porcentuales. La Secretaria de Desarrollo Productivo e Innovación, junto a la Tesorería Municipal establecerán mediante Resolución conjunta la mecánica de devolución de los aportes entregados a los beneficiarios.

BENEFICIOS IMPOSITIVOS. Exímase en un 100%, y por el término de 6 meses, a los beneficiarios del presente programa del pago de la Monotasa establecida en el artículo 123° de la Ordenanza Fiscal Vigente. El presente beneficio solamente será otorgado para nuevos emprendimientos.

Más información en: www.mardelplata.gob.ar/creditojoven

Por consultas escribimos a [email protected]