MAR DEL PLATA

150 AÑOS

 

Comunicación inclusiva: personas migrantes

Irregularidad, no ilegalidad

La Dirección Municipal de DD.HH, en consonancia con el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo –INADI-, recuerda que ningún ser humano es “ilegal” en sí mismo y que, incluso, la situación de irregularidad migratoria no constituye en ningún caso delito sino falta administrativa.
En este marco, tanto esta Dirección como el INADI, recomiendan a las personas abstenerse de utilizar el término “ilegal” y utilizar en su reemplazo “migrante en situación irregular”. Lo mismo sucede  en el caso de las personas que carecen de documentos, desaconsejándose la utilización del término “indocumentado”.
Si bien esta Oficina conoce las necesidades periodísticas de economizar al máximo el uso de palabras, advierte que muchos de los conceptos utilizados como sinónimos no solo no lo son sino que esconden un acto discriminatorio que constituye una violación a las leyes vigentes. (Conforme Ley 23.592 y concordantes)

 

Nacionalidades

La Dirección Municipal de DD.HH., en consonancia con el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo –INADI- en su informe sobre “Migrantes y Discriminación”, recomienda no utilizar las palabras bolitas, paraguas, perucas, yoruguas, brasucas o chilotes para referirse a personas provenientes de Bolivia, Paraguay, Perú, Uruguay, Brasil y Chile respectivamente.
En el informe mencionado, el INADI argumenta que dichos términos “dan muestra de una caracterización despectiva y discriminatoria hacia las personas migrantes provenientes de América del Sur, estableciéndose de esa manera un carácter de superioridad de los/las argentinos y argentinas para con ellos/ellas”.
“A su vez –continúa el informe- se observa una jerarquización vinculada al origen del flujo migratorio de las personas que ubica a los/las migrantes latinoamericanos/as en situación de inferioridad respecto de las personas que provienen de países europeos”.

 

Volver a las recomendaciones