¿QUE ES LA BIOETICA?
La bioética es una disciplina que surge a mediados del siglo XX como respuesta al desarrollo tecnocientífico sobre la vida. Su finalidad es elaborar un pensamiento fundamentado en la ética, que responda a deliberaciones sustentadas en la razón, a fin de ofrecer criterios éticos a la hora de tomar decisiones que afecten a la vida.
Una de las primeras formulaciones de la bioética hace referencia al sentido más global de la supervivencia de la humanidad en la tierra, donde queda definida como "un llamamiento a la responsabilidad de preservar el medio ambiente, la atmósfera y la biodiversidad".
Pero es en el campo de la investigación y de la actividad asistencial donde se ha desarrollado más, surgiendo, por un lado, de la necesidad de regular la ética de la investigación con sujetos humanos, después de la experiencia trágica durante la II Guerra Mundial, a la vez que por el contexto clínico ante las dificultades de los profesionales de tomar ciertas decisiones donde se planteaban conflictos de valores (recursos limitados, decisiones al final de la vida, etc.). La bioética ofrece respuestas, proponiendo un diálogo entre las diversas disciplinas de las ciencias y las humanidades para poder encontrar soluciones a los posibles conflictos éticos de su día a día. Así, la bioética reflexiona de manera global sobre cuestiones sociales que tienen que ver con la salud de las personas y, por tanto, que interesan a todo el mundo.
Los cuatro principios bioéticos
Desde los planteamientos iniciales, la bioética se ha fundamentado y desarrollado a partir de cuatro principios básicos que deben guiar tanto la práctica médica como la investigación, y en su ponderación, ayudar a tomar las mejores decisiones u orientar actuaciones. Idealmente, todos ellos deben poder conciliar, pero a menudo los conflictos de valores obligan a priorizar alguna, tarea en la que ayudan en gran medida a los comités de ética, asistenciales o de investigación, con su deliberación.
Así, los cuatro principios tradicionales de la bioética y más conocidos, sin perjuicio de otras propuestas también válidas, serían:
Autonomía: capacidad de la persona para tomar decisiones de manera libre e independiente, que debe respetarse siempre, salvo en casos excepcionales en que entre en conflicto con otros valores esenciales.
Beneficencia: maximizar los beneficios posibles y disminuir los posibles daños, siempre contando con el parecer de la persona en su valoración.
No maleficencia: no hacer el mal intencionadamente (Primum non nocere) o no incrementar con nuestra actuación el daño que ya sufre la persona.
Justicia: tratar casos iguales de forma igual para evitar al máximo las situaciones de desigualdad.
CONSTITUCION DEL COMITÉ MUNICIPAL DE BIOETICA
El CMB estará constituido, y funcionará conforme a lo establecido por la Ordenanza Municipal 10.886/96 y su última adecuación Ordenanza Municipal N° 24.302/19; normas de aplicación vigente; las que se dicten en el futuro y el presente reglamento. Las decisiones se tomarán por consenso. Cuando no fuere posible llegar al mismo, se tomarán por mayoría simple de los presentes, considerando que el quórum estará dado por más de la mitad de sus miembros permanentes.
Para proponer nuevos miembros, el CMB tendrá en cuenta, aparte de los antecedentes personales y profesionales, los estudios y actuación previa en el campo de la bioética. Las personas a proponer por el CMB como nuevos integrantes, no necesariamente deben ser agentes municipales. El CMB buscará contar con representantes que procedan de los principales sistemas o servicios; cultura, educación, previsión social, recreación, deportes, salud, trabajo, etc. A los cuales se les asignará una parte de su actual carga horaria para cumplir funciones específicas en el organismo como los establece la Ordenanza Municipal N° 24.997/21.
El CMB contará entre sus miembros a representantes de la comunidad en general, y de sus principales sectores de población o actividad. Podrá tratarse de legos, pero con un probado conocimiento de la problemática del ámbito al que deba representar. Sus miembros tendrán el carácter de permanentes o transitorios. Los miembros permanentes serán los designados por el Departamento Ejecutivo Municipal.
El CMB podrá convocar a miembros temporarios, entendiendo por tales a quienes sean incorporados para desempeñarse en calidad de voceros, asesores, expertos, etc. Sobre cuestiones específicas en las que decidan intervenir, cesando su designación al finalizar la misma. La designación de un miembro temporario podrá ser hecha por el propio Comité. Los así incorporados no podrán ocupar funciones representativas en el CMB.
Los miembros del CMB asumen el compromiso de asistir a todas las reuniones ordinarias o extraordinarias del mismo, y de participar activamente en el desarrollo de los temas que motiven las convocatorias o que surjan de ellas. Ante la ausencia en tres reuniones ordinarias consecutivas injustificadas o cinco ausencias a reuniones ordinarias en forma alternada, también injustificadas, el CMB podrá solicitar su reemplazo.
El CMB designará entre sus miembros permanentes y en forma rotativa, una persona que ejerza funciones de coordinación y otra que ejerza funciones de secretaría de actas, quienes durarán un (1) año en sus funciones, pudiendo ser reelegidas.