NIVEL SUPERIOR

                                    

ASAMBLEA de:   SECRETARIO

 

Cobertura por excepción por no haber Listado Oficial de Superior- Artística 

 

Lugar: SECRETARÍA DE EDUCACIÓN (Catamarca nº 2930 – 1º P )

FECHA:  jueves 21/09/2017       HORA: 12:00  (2da Publicación)

 

Se efectivizará en esta asamblea el DECRETO 1840/16 de pautas de aplicación (Anexo I), con carácter de excepción, a fin de determinar el orden de acceso para coberturas de cargos de conducción con carácter transitorio, cuando las vacantes no se cubran con docentes de Listado Oficial.

 

Solicitamos a los docentes acercarse con la documentación necesaria para cada asamblea recordando especialmente la que justifique su situación  de revista actual  ( Renuncia ad. Referéndum,  solicitud de licencias en cualquier jurisdicción con firmas de Rte. legal o Directivo)

 

APODERADOS: Formulario correspondiente –declaración jurada de cargos   (TODO FIRMADO POR EL REPRESENTADO) fotocopia de DNI del representado y DNI del representante que debe ser mayor de 18 años .

Se recomienda leer las normas de asambleas publicadas en página Web y traer Declaración jurada completa

ESCUELA

TURNO

CARGO

DÍAS                 HORARIO

CARÁCTER

HASTA

CUBRE

 

Arte Dramático

 

Alternados

Secretario

Lunes  de 16:00 a 20:00 Hs.

Martes de 14:00 a 18:00 Hs.

Miércoles de 17:00 a 21:00

Jueves de 18:00 a 22:00 Hs.

Viernes de 15:00 a 19:00 Hs.

 

SUPLENTE

FREIJE, C.

Codigo 47

 

 

 

20/10/2017

 

 

ANEXO I Cobertura de cargos de conducción en Niveles Inicial, Primario, Superior y Modalidad Educación Permanente de Jóvenes, Adultos, Adultos Mayores y Formación Profesional del Sistema Educativo Municipal Pautas a seguir para determinar el orden de la designación de funciones jerárquicas transitorias mediante Asamblea:

 1- Convocar a personal docente del Listado Oficial del cargo jerárquico correspondiente al Nivel/Modalidad de la vacante a cubrir.

 2- Personal docente titular con desempeño efectivo en el Nivel/Modalidad de la vacante a cubrir que cumplen los requisitos de antigüedad exigidos por la normativa en vigencia.

3- Personal docente titular con desempeño efectivo en el Nivel/Modalidad de la vacante a cubrir que no cumplen los requisitos de antigüedad exigidos por la normativa en vigencia.

4- Personal docente interino con desempeño efectivo en el Nivel/Modalidad de la vacante a cubrir que cumplen los requisitos de antigüedad exigidos por la normativa en vigencia.

 5- Personal docente interino con desempeño efectivo en el Nivel/Modalidad de la vacante a cubrir que no cumplen con los requisitos de antigüedad exigidos por la normativa en vigencia. -La antigüedad debe ser de desempeño efectivo con carácter de titular, interino o suplente en el nivel y/o modalidad del cargo a cubrir. -La asignación de funciones implicará la retención del cargo, horas cátedra y/o módulos según lo establecido por la normativa vigente. Si no alcanzare el número de horas y/o módulos establecido deberá retener los que desempeñare.

- En todos los casos, los docentes de las Modalidades Artística, Educación Física y Psicología Comunitaria y Pedagogía Social deberán encontrarse desempeñando efectivamente su cargo/módulos/horas en el Nivel convocante: Niveles Inicial, Primario, Superior y Modalidad Educación Permanente de Jóvenes, Adultos, Adultos Mayores y Formación Profesional, cumplimentando los requisitos establecidos en los ítems 2, 3, 4, 5.

 

 

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