NIVEL SUPERIOR
ASAMBLEA de: SECRETARIO
Cobertura por excepción por no haber Listado Oficial de Superior- Artística
Lugar: SECRETARÍA DE EDUCACIÓN (Catamarca nº 2930 – 1º P )
FECHA: jueves 21/09/2017 HORA: 12:00 (2da Publicación)
Se efectivizará en esta asamblea el DECRETO 1840/16 de pautas de aplicación (Anexo I), con carácter de excepción, a fin de determinar el orden de acceso para coberturas de cargos de conducción con carácter transitorio, cuando las vacantes no se cubran con docentes de Listado Oficial.
Solicitamos a los docentes acercarse con la documentación necesaria para cada asamblea recordando especialmente la que justifique su situación de revista actual ( Renuncia ad. Referéndum, solicitud de licencias en cualquier jurisdicción con firmas de Rte. legal o Directivo)
APODERADOS: Formulario correspondiente –declaración jurada de cargos (TODO FIRMADO POR EL REPRESENTADO) fotocopia de DNI del representado y DNI del representante que debe ser mayor de 18 años .
Se recomienda leer las normas de asambleas publicadas en página Web y traer Declaración jurada completa
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ESCUELA |
TURNO |
CARGO |
DÍAS HORARIO |
CARÁCTER |
HASTA |
CUBRE |
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Arte Dramático
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Alternados |
Secretario |
Lunes de 16:00 a 20:00 Hs. Martes de 14:00 a 18:00 Hs. Miércoles de 17:00 a 21:00 Jueves de 18:00 a 22:00 Hs. Viernes de 15:00 a 19:00 Hs.
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SUPLENTE FREIJE, C. Codigo 47
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20/10/2017
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ANEXO I Cobertura de cargos de conducción en Niveles Inicial, Primario, Superior y Modalidad Educación Permanente de Jóvenes, Adultos, Adultos Mayores y Formación Profesional del Sistema Educativo Municipal Pautas a seguir para determinar el orden de la designación de funciones jerárquicas transitorias mediante Asamblea:
1- Convocar a personal docente del Listado Oficial del cargo jerárquico correspondiente al Nivel/Modalidad de la vacante a cubrir.
2- Personal docente titular con desempeño efectivo en el Nivel/Modalidad de la vacante a cubrir que cumplen los requisitos de antigüedad exigidos por la normativa en vigencia.
3- Personal docente titular con desempeño efectivo en el Nivel/Modalidad de la vacante a cubrir que no cumplen los requisitos de antigüedad exigidos por la normativa en vigencia.
4- Personal docente interino con desempeño efectivo en el Nivel/Modalidad de la vacante a cubrir que cumplen los requisitos de antigüedad exigidos por la normativa en vigencia.
5- Personal docente interino con desempeño efectivo en el Nivel/Modalidad de la vacante a cubrir que no cumplen con los requisitos de antigüedad exigidos por la normativa en vigencia. -La antigüedad debe ser de desempeño efectivo con carácter de titular, interino o suplente en el nivel y/o modalidad del cargo a cubrir. -La asignación de funciones implicará la retención del cargo, horas cátedra y/o módulos según lo establecido por la normativa vigente. Si no alcanzare el número de horas y/o módulos establecido deberá retener los que desempeñare.
- En todos los casos, los docentes de las Modalidades Artística, Educación Física y Psicología Comunitaria y Pedagogía Social deberán encontrarse desempeñando efectivamente su cargo/módulos/horas en el Nivel convocante: Niveles Inicial, Primario, Superior y Modalidad Educación Permanente de Jóvenes, Adultos, Adultos Mayores y Formación Profesional, cumplimentando los requisitos establecidos en los ítems 2, 3, 4, 5.