ASAMBLEA NIVEL SECUNDARIO
MATERIA: CIENCIAS SOCIALES
FECHA: 03 de SEPTIEMBRE de 2014 2º PUBLICACIÓN
HORA: 8:45
LUGAR: SECRETARIA DE EDUCACION - Catamarca 2930 – 1º PISO
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ESCUELA |
AÑO / MODU LOS |
DIAS |
HORARIO |
CARÁCTER |
DESDE / HASTA |
EN REEMPLAZO DE
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CUBRE |
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204 SEDE
Cs Sociales
1ª PUBLIC
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1º B 4 mód. |
MARTES |
10:05 A 12:05 |
SUPLENTE
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04/09/14 Hasta 18/09
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TRANI, Angela Antonia Leg. 25084/70
Cód. 63:
04/09 – 09/09 – 16/09 – 18/09 – A CONFIRMAR CONTINUIDAD: 23/09 – 25/09 – 30/09 02/10 – 07/10
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JUEVES |
07:45 A 09:45
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204 EXTENSIÓN
Cs Sociales
1ª PUBLIC
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1º F 4 mód. |
MARTES |
07:45 A 09:45
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SUPLENTE
DE
SUPLENTE |
04/09/14 hasta 18/09 |
TRANI, Angela Antonia Leg. 25084/70
Cód. 63:
04/09 – 09/09 – 16/09 – 18/09 – A CONFIRMAR CONTINUIDAD: 23/09 – 25/09 – 30/09 02/10 – 07/10
(SUPLENTE DE FANELLI, Alejandra Verónica Leg 16572/58
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JUEVES |
10:05 A 12:05 |
- El docente deberá concurrir a la Asamblea con la declaración jurada -provista por la Secretaría de Educación- de cargos/horas/módulos, completa y actualizada al momento de efectuarse la designación para el cargo al que accede. No se considerarán las explicaciones orales y sólo se tendrán en cuenta las certificaciones firmadas por autoridad competente.. Para quienes falsearan los datos en la declaración jurada se aplicarán las sanciones establecidas en el Estatuto del Docente Municipal – Ordenanza Nº 20760/12 – Capítulo V, Art 22 cuyo texto se transcribe a continuación: "En caso de comprobarse el falseamiento de datos incorporados en declaraciones juradas, certificación y/o documentación aportada por el ingresante, éste quedará inhabilitado para acceder al Sistema Educativo Municipal por el término de cinco (5) años. Una vez designado, de verificarse tal falsedad y sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que emergen del régimen disciplinario previsto en el presente estatuto y/o en la Ley Provincial 11.757, podrá disponerse la inhabilitación definitiva del agente para postularse a cargos del sistema educativo municipal".