ASAMBLEA NIVEL SECUNDARIO
CARGO: DIRECTOR 7º PUBLICACIÓN
FECHA: 28/06/2017
HORA: 11:45
LUGAR: Secretaría de Educación – Catamarca 2930 – 1er. Piso
DE NO CUBRIRSE EL CARGO, éste su publicará diariamente por necesidad institucional –
A partir de la 3era publicación se utilizará el Decreto –por vía de excepción Nº 1138/16*
ESCUELA |
CARGO |
HORARIO |
CARACTER |
DESDE/ HASTA |
MOTIVO |
CUBRE |
211
DIRECTOR
7º PUBL |
DIRECTOR de 2da. con un turno |
LUNES a VIERNES 7:30 a 12:00 |
SUPLENTE DE SUPLENTE |
29/06/17
hasta
Ad referéndum certificación médica |
MOLINA, Walter Rafael (Leg. 22927/59)
Suplente de ACOSTA, Claudia del Valle (Leg. 18946/68) En TCD
Nº de orden: 6015 |
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* LOS POSTULANTES DEBERÁN PRESENTARSE INDEFECTIBLEMENTE CON DECLARACIÓN JURADA COMPLETA (ORIGINAL Y COPIA) MENCIONANDO AL PIE DE LA MISMA EL TÍTULO HABILITANTE QUE POSEE PARA DESEMPEÑARSE COMO DOCENTE EN EL NIVEL SECUNDARIO.
EL TRIBUNAL DE CLASIFICACIÓN DOCENTE SOLICITA QUE EN LAS DECLARACIONES JURADAS, SE INDIQUE AL LADO DE LOS MÓDULOS EL NOMBRE DE LA MATERIA CORRESPONDIENTE.
EL TRIBUNAL CLASIFICARÁ A LOS DOCENTES SEGÚN NOMENCLADOR OFICIAL VIGENTE DE LA D.G.E.Y.C. QUEDANDO PENDIENTE LA ASAMBLEA HASTA SU RESOLUCIÓN.
SE CUBREN LOS CARGOS SEGÚN EL DECRETO Nº 1138/16:
Pautas a seguir para determinar el orden de acceso de los postulantes mediante
Asamblea:
1. Listado Oficial del cargo jerárquico correspondiente.
2. Docentes titulares con desempeño en el Nivel Secundario con un (1) cargo o su equivalente en módulos (10/12módulos), titulares/interinos (los que podrá retener) del Nivel Secundario con un mínimo de siete (7) años de antigüedad con carácter titular para cargo directivo y cinco (5) años de antigüedad con carácter titular para secretario
3. Docentes titulares con desempeño en el Nivel Secundario con un (1) cargo o su equivalente en módulos (8 módulos) titulares/interinos (los que podrá retener) correspondientes al Nivel Secundario con un mínimo de siete (7) años de antigüedad con carácter titular para cargo directivo y cinco (5) años de antigüedad con carácter titular para secretario.
4. Docentes interinos con desempeño en el Nivel Secundario con un (1) cargo o su equivalente en módulos (10/12 módulos) del Nivel Secundario y diez (10) años de antigüedad con carácter interino para cobertura de cargo directivo o de siete (7) años de antigüedad con carácter interino para secretario.
5. Docentes interinos con desempeño en el Nivel Secundario con un (1) cargo ó su equivalente en módulos (10/12 módulos) del Nivel Secundario y siete (7) años de antigüedad con carácter interino para cargo directivo y cinco (5) años de antigüedad con carácter interino para secretario.
6. Docentes interinos con desempeño en el Nivel Secundario con un mínimo de ocho (8) módulos y un mínimo de siete (7) años de antigüedad con carácter interino para cargo directivo y cinco (5) años de antigüedad con carácter interino para secretario.