MAR DEL PLATA

150 AÑOS

ASAMBLEA NIVEL PRIMARIO  CICLO  2017

CARGO: VICEDIRECTOR

LISTADO: CONCURSO y OFICIAL   -

FECHA: 28/06/2017                                                                              HORA:  9:00 HS

LUGAR:  SECRETARIA DE EDUCACION MUNICIPAL- CATAMARCA 2930 1º PISO

Toda documentación  deberá presentarse al inicio de la asamblea con firma y sello de un miembro del Equipo Directivo en caso de docentes de otra jurisdicción, y  por miembro del Equipo  Directivo o Representante  Legal para escuelas de Gestión Privada. Por ejemplo: Renuncias a partir de la fecha de inicio del cargo a tomar. Solicitud de licencias a partir de la fecha de inicio del cargo a tomar, autorización cambios de turno/horario 2017.

  • Las designaciones de personal docente interino y/o suplente se efectuarán por orden de listado oficial y/o complementario realizado por el Tribunal de Clasificación Docente.
  • La renuncia “ad referéndum” a un cargo/horas/módulos, interinos o suplentes en el Sistema Educativo Municipal deberá ser presentada en la asamblea previo al momento de la toma de cargo.
  • Todos los docentes que en diferentes Niveles y Modalidades accedan a cargos de mayor función y/o jerarquía deberán cumplimentar apto psicofísico.  En  caso de obtener un NO APTO se le dará de baja al docente automáticamente. .
  • Todo docente que haya aceptado en Asamblea cargo y horas cátedra/módulo, interino o suplente y renunciare, aún antes de hacerse cargo, pasará al final del listado del cargo/horas/módulos a las que renuncia por el término del año en curso.
  • Los docentes que se encuentren designados y en ejercicio de un cargo jerárquico interino o suplente, podrán acceder a la cobertura de interinatos y suplencias que se produzcan en cargos de MAYOR JERARQUÍA, siempre que sean correspondientes al mismo listado y sólo cuando se trate de coberturas de : vicedirector a director, prosecretario a secretario. Esta pauta se aplicará cuando la cobertura sea en la misma o en otra institución.
  • Los docentes no podrán acceder, acumular, ni desempeñar dos cargos jerárquicos: director, vicedirector, secretario, prosecretario, jefe de taller; titulares interinos y/o suplentes en igual o diferente nivel/modalidad.
  • El docente que acceda a un cargo de mayor jerarquía deberá retener, indefectiblemente, otro cargo de base de menor jerarquía – o su equivalente en horas/módulos- perteneciente al mismo nivel/modalidad .
  • Los docentes que acepten cargo/horas cátedra/módulos para desempeñarse en diferentes establecimientos deberán efectuarlo mediando un tiempo mínimo de 20 minutos entre un establecimiento y otro.
  • Las docentes en estado de gravidez no podrán acceder a suplencias, sí a interinatos  SIN BAJA hasta 45 días previos a la FPP.
  • El docente con cambio de funciones en su cargo base, o recalificación determinada por ART, no podrá acceder a otro cargo de base/horas/módulos en cualquier nivel/modalidad, hasta obtener el alta expedida por el Departamento de Medicina del Trabajo. Para acceder a cargos jerárquicos en cualquier Nivel o Modalidad, los docentes que hayan tenido cambio de funciones determinada por ART o POR DMT deberán estar previamente reintegrados a su función ejerciendo efectivamente el cargo de base para el cual han sido designados según el acto administrativo correspondiente.

   A partir de la TERCERA PUBLICACIÓN de estos cargos,  se utilizará el Decreto 1840/16  ANEXO I - Pautas a seguir para determinar el orden de la designación de funciones jerárquicas transitorias mediante Asamblea las que se encuentran publicadas en la página oficial de Secretaría de Educación

El docente queda notificado de la reglamentación vigente al firmar su asistencia.

Traer Declaración Jurada Completa y DNI

 

 

EP

 

CARGO

 

TURNO

 

CARACTER

 

DESDE

HASTA

 

POR

16

VD

TURNO ALTERNADO.

 TM: Lu Y ju

TT: Ma, Mi y Vi

  

SUPLENTE  

DESDE 01/08/2017

HASTA 31/12/2017

O REINTEGRO DEL TITULAR O CESE CON EXPRESION DE CAUSA

Nº ORDEN  4727

POR GUCCIONE, MIRIAM SUSANA

LEG 16803/78 EN LIC CMF EP 3

 

Se informa que, en caso de medidas de fuerza avaladas por el Sindicato de Trabajadores Municipales, suspensión de clases determinada por el Intendente Municipal u otra razón ajena a la voluntad de las Secretarias Técnicas, NO SE REALIZARÁN ASAMBLEAS y las mismas serán reprogramadas.